Reporte Tributario Nº81 Abril 2017
A continuación se expone un ejemplo práctico que nos permitirá aplicar los conceptos y materias tratadas a lo largo del presente reporte.
1. Antecedentes.
La sociedad Astronauta Ltda. presenta la siguiente información a fin de determinar la tributación aplicable que corresponda a los retiros efectuados por los socios y a la devolución de capital efectuada:
a) La empresa se encuentra acogida al régimen parcialmente integrado desde el 1° de enero de 2017.
b) Los socios participan de las utilidades de la sociedad según el siguiente detalle:
c) El Capital social aportado por cada uno de los socios, es el siguiente:
d) El saldo de los registros al 31.12.2017, es el siguiente:
e) Los socios efectuaron los siguientes retiros durante el año comercial 2018:
f) En junio del año 2018, los socios acordaron hacer una devolución de capital de $300.000.000.-, conforme al siguiente detalle:
g) La determinación de la RLI y del IDPC para el AT 2019 fue la siguiente:
h) El capital propio tributario al 31.12.2018 es de $940.000.000.-
i) No hay corrección monetaria en el período.
2. Desarrollo.
a) Confección de los registros e imputación de los retiros y de la devolución de capital.
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Según se puede apreciar, la totalidad de los retiros y la devolución de capital fue imputada a los registros RAI, DDAN y REX, con lo cual sólo aquellas descontadas de este último registro no tributarán por corresponder a ingresos no constitutivos de renta.
El crédito por IDPC existente en el SAC, generado desde el 01.01.2017, corresponde a las rentas que generó la empresa durante el año comercial 2017, con tasa 25,5% .
Cabe señalar que, para imputar la devolución de capital debió efectuarse una proporción de ella a fin de imputar dichas cantidades a los registros, puesto que las rentas acumuladas en el RAI no fueron suficientes. Además, según se aprecia, el crédito con obligación de restitución asignado a la devolución de capital imputada al RAI se efectuó considerando el tope del monto de dicho crédito, puesto que si se aplicaba el porcentaje del año (36,9863%) el monto del crédito sobrepasaba la cantidad existente en el SAC generado a contar del 01.01.2017.
Finalmente, el RAI para el ejercicio siguiente se determinó de la siguiente forma:
b) Situación tributaria de los socios.
i) Retiros efectuados por los socios:
ii) Devolución de capital:
iii) Resumen de rentas y créditos por socio.
1 Dicho crédito se calculó de la siguiente forma: $250.000.000 x 25,5% = $63.750.000.-. Los $250 millones corresponden al saldo del RAI al 31.12.2017 menos las rentas del STUT a dicha fecha.